Suprema Corte ratifica reforma a la Ley de Hidrocarburos

Este 29 de abril de 2024, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló los artículos de la reforma que permiten al gobierno federal suspender permisos y ocupar instalaciones cuando las empresas del sector no cumplan con los requisitos en la materia.

La ratificación aborda el otorgamiento y la revocación de permisos, estableciendo claridad en los requisitos y procedimientos para participar en el mercado de hidrocarburos, reflejando un equilibrio entre la regulación gubernamental y la seguridad jurídica de los operadores económicos dentro del sector.

La revisión a la Ley de hidrocarburos validó el marco legal que rige las actividades de hidrocarburos en México, incluyendo la refinación, exportación, importación, transporte, almacenamiento, distribución, comercialización y venta al público.

Entre los artículos validados se encuentran el Artículo Sexto Transitorio, que permite la revocación de permisos.

Además, se reconoció la precisión en las sanciones impuestas, la facultad de revisión y supervisión preexistente de la Secretaría de Energía y de la Comisión Reguladora de Energía.

Otros elementos incluyen la introducción de la negativa ficta en el artículo 53, párrafo segundo, como mecanismo de seguridad en la transacción de permisos y la incorporación de la figura de suspensión temporal de permisos por razones de seguridad nacional, seguridad energética o economía nacional en los artículos 57 y 59 Bis.

La SCJN aseguró que estas medidas no violan principios de seguridad jurídica o libre competencia y que la suspensión temporal no constituye una confiscación del patrimonio de los permisionarios.