Suprema Corte ratifica reforma a la Ley de Hidrocarburos
- 30 de abril del 2024
Este 29 de abril de 2024, la
Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló los artículos de la reforma
que permiten al gobierno federal suspender permisos y ocupar instalaciones
cuando las empresas del sector no cumplan con los requisitos en la materia.
La ratificación aborda el
otorgamiento y la revocación de permisos, estableciendo claridad en los
requisitos y procedimientos para participar en el mercado de hidrocarburos,
reflejando un equilibrio entre la regulación gubernamental y la seguridad
jurídica de los operadores económicos dentro del sector.
La revisión a la Ley de hidrocarburos
validó el marco legal que rige las actividades de hidrocarburos en México,
incluyendo la refinación, exportación, importación, transporte, almacenamiento,
distribución, comercialización y venta al público.
Entre los artículos validados se
encuentran el Artículo Sexto Transitorio, que permite la revocación de permisos.
Además, se reconoció la precisión
en las sanciones impuestas, la facultad de revisión y supervisión preexistente
de la Secretaría de Energía y de la Comisión Reguladora de Energía.
Otros elementos incluyen la
introducción de la negativa ficta en el artículo 53, párrafo segundo, como
mecanismo de seguridad en la transacción de permisos y la incorporación de la
figura de suspensión temporal de permisos por razones de seguridad nacional,
seguridad energética o economía nacional en los artículos 57 y 59 Bis.
La SCJN aseguró que estas medidas
no violan principios de seguridad jurídica o libre competencia y que la
suspensión temporal no constituye una confiscación del patrimonio de los
permisionarios.